El Programa Kit Digital ha ampliado hasta el 31 de diciembre del 2024 el plazo para poder solicitar sus ayudas. Los autónomos y empresas de menos de 50 empleados podrán solicitar hasta esa fecha las ayudas de Kit Digital y optar a bonos digitales de 2000, 6.000 o 12.000 euros, en función del segmento al que pertenezcan. 

Convocatorias programa Kit Digital

En cada una de las convocatorias se detallan los requisitos para solicitar las ayudas, las obligaciones que contraen los beneficiarios, los importes máximos de ayuda por cada categoría de soluciones de digitalización, las justificaciones, el pago y control de la implantación de las soluciones, entre otras materias importantes. 

Algunas de las soluciones de digitalización que las pymes podrán solicitar e implantar son las siguientes: sitio web y presencia en internet, gestión de redes sociales, comercio electrónico, la gestión de clientes, servicios y herramientas de oficina virtual, inteligencia empresarial y analítica, gestión de procesos, factura electrónica y comunicaciones seguras y ciberseguridad. Además, para el segundo y tercer segmento, también están disponibles las soluciones de presencia avanzada en internet y marketplace.

Cómo solicitar la ayuda de Kit Digital

Estos son los pasos que se deberán seguir para la solicitud de las ayudas: 

  1. Registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos. 
  2. Consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del Programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican.
  3. Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es). 

Una vez se comprueba que la empresa cumple los requisitos, se concede el bono digital. El beneficiario (la pyme o autónomo/a) podrá consultar en www.acelerapyme.es el catálogo de soluciones básicas de digitalización que ofrece el Programa Kit Digital y también podrá ver el catálogo de agentes digitalizadores. El beneficiario, finalmente deberá  seleccionar uno o varios agentes digitalizadores con los que desarrollar las soluciones de digitalización que mejor se adapten a las necesidades de su negocio y suscribir los “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización”.   

Las ayudas del Programa Kit Digital son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Red.es agiliza y facilita el proceso de solicitud a las pequeñas empresas

Con el fin de facilitar al máximo el acceso a las ayudas, se ha habilitado la figura del representante voluntario , es decir, que un tercero,  sea  este una persona física o jurídica, debidamente autorizado, pueda solicitar la ayuda por cuenta de la empresa.  

Además, siguiendo la línea de aligerar el proceso de solicitud para las empresas, bajo el lema “cero papeles”, Red.es ha diseñado un sistema de tramitación muy innovador usando herramientas de robotización e inteligencia artificial automatizado que reduce la carga burocrática, disminuye el número de documentos a presentar y acorta los plazos de concesión. Será suficiente con que el empresario autorice a Red.es a consultar de oficio los requisitos y obligaciones requeridos para obtener la condición de beneficiario, salvaguardando la transparencia y seguridad jurídica. 

Programa Kit Digital 

Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, gestionada por Red.es, que tiene como objetivo promover la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos/as, y contribuir a modernizar el tejido productivo español. Está dotado con un presupuesto de 3.067 millones de euros, financiado por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2026 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025, y tiene el objetivo de digitalizar a pymes y autónomos/as de todos los sectores productivos en todo el territorio nacional. 

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